Estimado(a) Cliente,
La Asociación Dominicana de
Empresas Courier y Domex, desean hacer del conocimiento de la población
las razones por la cuales el Consumidor sufre tardanzas en las entregas de sus mercancías compradas por Internet.
En este sentido, luego de que
el Tribunal Superior Administrativo dictara sentencia suspendiendo la
ejecución de la disposición administrativa emitida por la Dirección
General de Aduanas (DGA) para el cobro de aranceles e impuestos a los
envíos Courier con valor menor o igual a los US$200.00
(De Minimis), esta institución ha implementado medidas arbitrarias, de
hostigamiento y retaliación contra dichos envíos Courier.
Más abajo detallamos 7 de las
medidas creadas por la DGA en contra del proceso expedito de
desaduanización de la paquetería del Correo Expreso:
1.
Verificación del 100% de los paquetes diariamente, debiendo ser una
revisión aleatoria de acuerdo al Análisis de Riesgo que presenta cada
Empresa; violando el Decreto 402-05.
2. La
exigencia de la inclusión de la factura en el origen dentro del paquete,
la cual no es una obligación en el proceso de importación hacia el
país, pues los procesos aduanales existentes tanto a nivel nacional como
internacional permiten que dicha factura se adjunte al manifiesto en el
momento de la presentación de la mercancía a la DGA para su
desaduanización. Esta medida de que la factura sea incluida en el
paquete al momento de su despacho hacia República Dominicana, no
representa ningún valor añadido al proceso de importación que debe
completarse por ante la DGA.
3. En los
casos en que la factura no viene dentro del paquete, el mismo es
retenido por la DGA y sometido a un procedimiento adicional para su
liberación, que queda a discreción de los auditores su análisis y su
posterior autorización para despacho, pudiendo durar hasta 2 semanas.
4. Una Base de
Datos de Contribuyentes continuamente incompleta, donde no están
registradas Cédulas y Pasaportes, lo cual no permite la presentación del
manifiesto correctamente llevando a un retraso recurrente.
5. La
unificación de paquetes de diferentes suplidores con valores
individuales inferiores a los 200 Dólares, que al consolidarlos, supera
este monto, con la finalidad de cobrar impuestos, violando claramente lo
establecido en el DR-CAFTA.
6. La DGA
no cuenta con un personal y equipos suficientes para la desaduanización
de las mercancías en el tiempo establecido de 6 horas, que constituye
otra violación al DR-CAFTA.
7. Cambios
arbitrarios en los procedimientos de forma unilateral y sin previo
aviso, siendo los mismos aplicados de inmediato y comunicados de forma
verbal.
Aclaramos que los Couriers no controlamos la inclusión de las facturas dentro de los paquetes.
La decisión es del suplidor de los clientes incluir o no las mismas.
Los suplidores están apostando a los beneficios de la digitalización y
ayuda al Medio Ambiente, yendo en consonancia con "las aduanas sin
papel".
Estamos apegados al buen
cumplimiento de las leyes y normas establecidas para el Transporte
Expreso Internacional y les exhortamos a la población que siga
efectuando sus compras por Internet ya que, continuaremos haciendo todo
lo que esté a nuestro alcance para seguir entregándoles sus paquetes y
correspondencias en el menor tiempo posible.
Por último, solicitamos
encarecidamente al Director General de Aduanas que proceda a sancionar
como estipula la ley, a los responsables de las supuestas prácticas de
evasión.